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No_Existe

Warianos
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Everything posted by No_Existe

  1. CABROS, SUBIR ARCHIVOS CON COPYRIGHT A INTERNET DESDE AHORA ES DELITO!!! LO QUE SE DISUTIRÁ EN COMISIÓN MIXTA SON LAS SANCIONES!!
  2. RESPONDAN: ¿RECHAZARON EL 85 R? ESE ERA EL QUE IMPONÍA COMO SANCIÓN EL CORTE DE CONEXIÓN Y EL BLOQUEO DE SITIOS COMO CHILECOMPARTE
  3. RESPONDAN: ¿RECHAZARON EL 85 R? ESE ERA EL QUE IMPONÍA COMO SANCIÓN EL CORTE DE CONEXIÓN Y EL BLOQUEO DE SITIOS COMO CHILECOMPARTE
  4. RESPONDAN: ¿RECHAZARON EL 85 R? ESE ERA EL QUE IMPONÍA COMO SANCIÓN EL CORTE DE CONEXIÓN Y EL BLOQUEO DE SITIOS COMO CHILECOMPARTE
  5. ¿NO RECHAZARON EL ARTÍCULO 85 R? ESE ES EL QUE IMPONÍA COMO SANCIÓN EL CORTE DE CONEXIÓN!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
  6. ACLARO NUEVAMENTE: LOS ARTÍCULOS QUE SE HAN CITADO PARA SER REVISADOS EN COMISIÓN MIXTA SE REFIEREN A LA SUPESTA FACULTAD FISCALIZADORA DE LOS ISP Y LAS SANCIONES APLICABLES (CORTE DE CONEXIÓN Y CLAUSURA DE SITIOS COMO CHILECOMPARTE), SIN EMBARGO, NADIE SE PRONUNCIÓ SOBRE EL ARTÍCULO QUE SEÑALA QUE QUIEN SUBE ARCHIVOS CON COPYRIGHT A INTERNET ES DELINCUENTE (Y SIN ÁNIMO DE LUCRO), POR LO QUE SI SE APRUEBA EL PROYECTO, LA MAYORÍA DE NOSOTROS ESTARÍA COMETIENDO DELITO Y PODRÍA SER OBJETO DE UN JUICIO.
  7. OJO, QUE SEGÙN LO QUE HAN DISCUTIDO, SIGUE SIENDO DELINCUENTE QUIEN SUBE ARCHIVOS CON COPYRIGHT A INTERNET!
  8. CABROS, UNA ACLARACIÓN. SI BIEN ES CIERTO QUE EL ARTÍCULO 85 T ES EL MÁS CONFLICTIVO HAY QUE CONSIDERAR QUE NINGUNO SE HA PRONUNCIADO POR EL ARTÍCULO 79, QUE ES EL QUE SEÑALA QUE COMETE DELITO QUIEN SUBE ARCHIVOS CON COPYRIGHT A INTERNET. A SU VEZ, EL ARTÍCULO 85 R PERMITE ESTABLECER COMO SANCIÓN LA CONEXIÓN A INTERNET A QUIENES COMETAN AQUELLA ACCIÓN Y ADEMÁS EL BLOQUEO DE PÁGINAS COMO CHILECOMPARTE!!! ESE ÚLTIMO ES LO QUE MÁS NOS AFECTA!! INFORMACIÓN MÁS DETALLADA EN EL LINK DE MI FIRMA.
  9. Pero en esta sesión el proyecto SE APRUEBA O SE RECHAZA. En el caso que se rechace se pasa comisión mixta para revisar dichos artículos.
  10. Lamentablemente está claro que la derecha está haciendo todo esto por venaja política. De hecho Arenas se ha casado de hablar del proyecto "censurador de la Concertación" y que en primeros términos estuvo muy equivocado respecto del alcance de éste. En todo caso, haciendo caso omiso de aquello, populista y todo es una actitud que nos favorece. PD: Y pensar que en Francia fue la derecha quien apoyó la ley Hadopi 2 y aquì es la Concerta.
  11. Convengamos en algo, la ley tiene muchos beneficios para los discapacitados y es realmente un progreso y un avance respecto de la antigua ley de propiedad intelectual. El problema es que tiene VACÍOS MUY GRANDES Y ARTÍCULOS MUY OSCUROS que dan pie para las interpretaciones màs peregrinas. Pero hay que considerar que el proyecto SE APRUEBA O SE RECHAZA EN SU TOTALIDAD! No se puede aprobar eliminando los artículos conflitivos, que yo señalé en ESTE TOPIC PD: Sigan informando con más detalle porfa, yo estoy desde los computadores de la U y no tengo audio.
  12. Esto es el mundo al revés!! En Francia fue la derecha quien apoyó la ley Hadopi2 y aquí en Chile es la Conerta la que está a favor de la ley!!!!
  13. NO SATUREN LOS SERVERS ¿CÓMO CHUCHA VAMOS A INFORMARNOS? OTRA COSA, AQUÍ ESTÁN LOS PROYECTOS DE LEY QUE SE TRATARÁN HOY DÍA Y EN EL ORDEN EN QUE SE DISCUTIRÁN. YO NO PUEDO ABRIRLO, PERO ALGUIEN QUE DESCARGUE EL ARCHIVO "TABLA DE SESIÓN" PARA QUE SEPAMOS EN QUÉ MOMENTO PASARÁN A REVISAR EL PROYECTO DE LEY QUE NOS CONVOCA: http://www.camara.cl/trabajamos/sesion_tabla.aspx?prmid=2263 http://www.camara.cl/trabajamos/sesion_tabla.aspx?prmid=2263 http://www.camara.cl/trabajamos/sesion_tabla.aspx?prmid=2263
  14. No sean ridìculos. Si botamos la página de la cámara de diputados no vamos a poder enterarnos de nada!! Información interesante: http://revoluciongeek.wordpress.com/
  15. Ojo, y vuelvo a repetir. El mail masivo que han enviado es ERRÓNEO. Lo he citado varias veces, pero escribí un artículo señalando cuáles son los artículos conflictivos del proyecto de ley censurador en: http://www.chilecomparte.cl/index.php?showtopic=909002 Importante saber que: - NO SE CASTIGAN LAS DESCARGAS ILEGALES - LA FACULTAD FISCALIZADORA DE LOS ISP SE COLIGE MEDIANTE UNA INTERPRETACIÓN DE LA LEY, NO APARECE TEXTUAL. Saludos, los invito a criticar, informarse y apoyar a la Revolución Geek: http://www.facebook.com/pages/Revolucion-G...id=140336258140 La idea es redactar un nuevo mail, mas preciso y sin los errores cometidos.
  16. Les comento que escribí un artículo para Revolución Geek y que publiqué en la sección de noticias inormáticas de Chilecomparte titulado Los artículos conflictivos del proyecto de ley CENSURADOR En él hago un análisis de los artículos específicos del proyecto de ley que, a juicio de la comunidad, nos causarán tremendos perjuicios en nuestros derechos digitales. Hago un llamado a que se informen, porque veo a muchos muy perdidos, para que sepan qué es lo que nos afecta de la ley y que además comenten, complementen y critiquen, puesto que creo que la carta tipo inicial es demasiado vaga e imprecisa y pretendo redactar una más específica, con los artículos específicos que nos molestan, para que vean que realmente sabemos lo que queremos. Aparte así le hacemos más fácil la labor legislativa a quienes nos apoyen. Hay que considerar que estamos en periodo de elecciones, así que los tipos van a hacer lo imposible por quedar bien con nosotros. Saludos.
  17. En el grupo de Facebook "No al proyecto de Ley que controla internet" Dego Lira escribió:a las 15:16 ¿Consideran ustedes que esos son argumentos suficientes para votar en contra de un proyecto de ley? Los ciudadanos estamos ejerciendo un legítimo derecho al comunicarnos con nuestros representantes y nos salen con una respuesta como esa? Es INACEPTABLE!!
  18. En el grupo de Facebook "Revolución Geek", publiqué una Nota, en la cual detallo cuales son los artíuculos de la discordia del proyecto de ley: http://www.facebook.com/note.php?note_id=1...1746&ref=mf Advierto que es un post largo! Saludos.
  19. Dale no más, actualiza el Topic con confianza. En todo caso, yo subì la versiòn japonesa, pero en las respuestas puse en el parche para traducir el juego y el archivo config. Ahì las pones tambièn. Saludos.
  20. Mi twitter es "no_existe" (me lo hice recién, ahí nos ponemos en contacto) Los invito a leer mi comentario anterior en este tema, ya que, aunque es largo, hago algunos reparos a los comentarios del diputado Arenas que hay que tener en cuenta Saludos y buenas noches. PD: Hubo hace poco un "debate tecnológico" entre los asesores de Frei, MEO y Piñera, quienes dieron a conocer sus propuestas en esta área. Ahí les dejo un pequeño link con la noticia: http://www.porundebateonline.cl/index.cfm?...&idpost=491
  21. NO había visto este tema. Esta situación ya la habíamos discutido en el Topic en donde se posteó la primera noticia del Diputado Arenas en la sección de noticias y reportajes informáticos y analizado el artículo 85 T citado por el honorable, antes de toda la polémica. Pueden ver la discusión EN EL LINK DE LA NOTICIA AQUÍ Teniendo en cuenta ello hay que considerar que: 1° El Diputado Arenas se equivocó al decir públicamente que esta ley cortaría internet a quienes realicen descargas ilegales, como la ley Hadopi 2 francesa, lo cual fue desmentido por el subsecretario de telecomunicaciones, Pablo Bello, quien señaló que dicha sanción se le aplicaría solamente a quienes suban archivos protegidos con copyright. 2° Nuevamente siento que el Diputado Arenas se apresuró en sus comentarios. Yo mismo anteriormente había dicho (en el Topic que señalé anteriormente) que el artículo 85 T permitía a los ISP fiscalizar, pero posteriomente me di cuenta que dicho artículo se refería a los servicios de hosting. Se los cito: Dice claramente que pueden tomar esa medida "tratándose de material alojado en su sistema o red" y son los servicios de hosting (como Rapidshare o Megaupload) los que alojan archivos, no los ISP. Aparte, esta norma debe limitarse sólo a los servicios de hosting nacionales, pues se trata de una ley nacional, que rige exclusivamente para nuestro territorio. Sobre las facultades fiscalizadores de los ISP les cito otro artículo: Aquí se deja bien claro que dichos servicios no tienen la obligación de fiscalizar, y como me decía el usuario "nideb" esto como respuesta al primer oficio inspirado en las propuestas de la SCD que pretendían arrogar a los ISP de facutades fiscalizadoras. 3° Tengo entendido que se aprobaron los "Usos justos" en el Senado, según la página Liberaciondigital.org. La norma que se aprobó señala que: “Es lícito el uso incidental y excepcional de una obra protegida con el propósito de crítica, comentario, parodia, caricatura, enseñanza, interés académico o de investigación, siempre que dicha utilización no constituya una explotación encubierta de la obra protegida. La excepción establecida en este artículo no es aplicable a las obras audiovisuales de carácter documental”. Y dejando de lado todo lo anterior, estoy en contra de esta ley y encuentro absurda la medida de cortar la conexión a internet a quienes realicen descargas ilegales. Se supone que la responsabilidad penal es personal, o sea, otras personas no pueden asumir penas solidariamente por delito ajeno, sin embargo, imaginemos que en una familia disponen de conexión a internet y el titular de la cuenta es el papá, quien nunca usa el servicio, y es uno de los hijos quien ha subido a internet material protegido por derechos de autor. ¿Cómo vamos a identificar al culpable, quien tiene que estar perfectamente determinado para poder aplicar la pena? ¿El resto de la famila pagaría por un delito cometido por uno sólo de sus integrantes? ¿Y si los subió de un cyber o de la casa de un amigo o familiar? Yo por ejemplo, no tengo internet en mi casa y he subido varios discos desde los computadores de la U de Conce. ¿Se va a responsabilizar a la Universidad de Concepción acaso? Aparte de ello, páginas como Chilecomparte han significado una enorme plataforma de difusión de artistas nacionales que no tienen el reconocimiento que se merecen. Intenten encontrar alguno de los discos de Folclore que hemos subido a la sección "Folk" en las "grandes disquerías". Consideremos además que el Sello Alerce no tiene sucursales en regiones, y cuando los discos de sus artistas ya no están en disquerías (lo cual es muy común) para conseguirlos hay que viajar a Santiago o pagar gastos de envío más su elevado costo. Además Chilecomparte y las descargas de internet en general, han significado un acercamiento tremendo a la cultura para un país tan alejado como el nuestro, sobretodo para quienes gustan de la música y el cine de vanguardia. En fin, si quieren discutir el tema de fondo, los invito a debatir en el tema Descarga libre ¿un derecho? en la sección de noticias y reportajes informáticos. Saludos.
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