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El Fallo de La Haya minuto a minuto


baltinino

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11:00
Comienza la lectura del fallo de La Haya a cargo de Peter Tomka
11:03
Juez: "Perú alega que no hay límites marítimos"
11:04
El magistrado de la Corte de La Haya da cuenta de argumentos y contrargumentos entre Chile y Perú
11:09
Sigue la lectura del fallo con contexto histórico
"La Corte considera que las proclamaciones de 1947 deben ser tomadas en cuenta para establecer si los textos son pruebas de la interpretación de las partes en
el establecimiento de futuras fronteras". Las declaraciones de 1947 no efectuaron un acuerdo de delimitación entre las partes.
11:10
Se pasa a revisar los términos de la declaración de Santiago de 1952
11:12
Declaración de Santiago de 1952
"No hace referencia expresa a la delimitación marítima. Se suma la falta de información, como coordenadas. Pero, en su apartado cuarto incluye elementos
pertinentes a la delimitación marítimaeferencia expresa a la delimitación marítima. Se suma la falta de información, como coordenadas. Pero, en su apartado
cuarto incluye elementos pertinentes a la delimitación marítima"
11:15
No convence a la corte argumento de Chile sobre el artículo cuarto de la Declaración de Santiago de 1952
"En su significado ordinario interpretado, no va más allá que establecer un acuerdo en ciertas zonas insulares con aquellas que colindan con ambos países".
11:24
Corte: contrariamente a lo alegado por Chile, Chile y Perú no convinieron establecimiento de limitación marítima lateral
Siempres se hace referencia a la Declaración de Santiago de 1952
11:30
Corte: La Declaración de 1952 tiene como fin la protección de recursos vivos y delimitar zona insular
11:34
Corte : Convenio 1954 fue firmado por Chile, Perú y Ecuador no indica cuándo se convino frontera
"El retraso de ratificar el convenio no respalda el argumento de Perú de que el retraso de Chile en su inscripción "no respalda" el argumento limeño de que éste
"no convenía importancia".
11:36
Corte: Convenio de 1954 da pie a acuerdo tácito de frontera marítima
"No indica la naturaleza de la frontera marítima ni sus dimensiones, sólo que la frontera marítima va más allá de las 12 millas marítimas desde las costas".
11:44
Corte: Convenio de 1954 representa frontera
Perú reconoce el paralelo como factor delimitador


11:47
Se revisan los acuerdos suscritos en 1968 y 1969.

11:53
Se hace referencia a la actividad pesquera limitada en los años 50
"Las actividades pesqueras, en la zona, no generan un punto oficial del límite fronterizo"
12:00
Los tres escenarios que enfrenta Chile en La Haya
12:02
Corte: pruebas no permiten concluir que delimitación marítima se extendiera más allá de 80 millas del punto de litigio

12:04
Corte: Párrafo cuarto de Declaración de Santiago de 1952 no establece límite marítimo
Eso en base a los argumentos expuestos.
"No determina la frontera marítima que separa las fronteras marítimas generales entre ambas partes", sin embargo reconoce acuerdo tácito en Convenio de 1954
12:13
Presidente de la Corte detalla incidentes de pesqueros ocurridos en el pasado
12:19
Corte. Acuerdo de 1975 no establece límite marítimo

12:27
Corte: los decretos de 1987 y de 1998 no los considera significativos para establecer límites
12:29
Corte: memorándum presentado por Perú, en 1986, reconoce límites marítimos, pero no su extensión
Sin embargo no lo considera como renegociación y por lo tanto, como argumento
12:34
Corte se refiere sobre tratado de Lima de 1929 sobre frontera territorial
12:33
Corte concluye que la frontera maritima se extendió por 80 millas desde paralelo terrestre
"La frontera acordada se extendió a 80 millas marinas a lo largo del paralelo desde el punto de partida".

12:41
"La Corte considera que la frontera marítima de las partes estaban constituidas en el paralelo por hito 1"
12:34
Corte se refiere sobre tratado de Lima de 1929 sobre frontera territorial
12:45
Corte dice que tiene metodología de una solución equitativa
12:52
"La línea de equidistancia provisional va en una dirección suroeste hasta que llega al límite de 200 millas marinas"
12:54
Conclusiones del Fallo
Corte: 15 votos a 1forntera marítima es la intersección de paralelo que pasa por hito de frontera número 1

12:56
Fallo quita parte de territorio de Chile
12:57
"Segmento inicial de 80 millas de frontera marítima única sigue el paralelo de latitud que pasa por el Hito 1"

13:02
La línea de equidistancia provisional va en una dirección suroeste hasta que llega al límite de 200 millas marinas".

13:02

La línea de equidistancia provisional va en una dirección suroeste hasta que llega al límite de 200 millas marinas".

 

 

ta22o4.jpg

13:07
Corte fija una nueva diagonal que no acoge solicitud de Perú, sí implica pérdida de territorio marítimo chileno
La frontera paralela llega hasta las 80 millas, luego se traza una línea equidistante
En definitiva es un fallo no muy bueno para Chile.
Fuente: Terra.cl
Edited by baltinino
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No entiendo que sentido común falló, al hacer que una frontera rodea a la otra :tonto: . En qué pensaban con su dichoso punto C .

Edited by Tasurinchi
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un fallo no muy bueno?, fue buenisimo, ganamos el hito 1 y mantuvimos el area de pesca (fuera de las 80 millas no hay pesca)

 

 

en fin, peru solo ganó agua

 

Por el agua sera la 3ra guerra mundial segun el historiador Salfate D:

 

Ahora vendra Bolivia a webiar ...

 

 

¿No se supone que sería por el agua dulce? :tonto:.

 

Hace tiempo que se venía diciendo que el fallo sería salomónico :mmm:.

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En estos momentos hay sentimientos encontrados por el fallo, imagino que Perú estará cantando victoria y acá ya hay mnifestaciones en el norte y en el centro de Santiago, pero cuando pasen los días podremos aquilatar mejor el tema.

 

Aunque perdimos una buena cantidad de km2 de mar, ganamos en otros puntos importantes, recuerden que la tesis peruana era de 3 puntos, dos de ellos se refería a que no había límite marino alguno, por lo tanto había que fijarlo de otra manera que no sea el paralelo y que no correspondía medir esta frontera marítima, desde el Hito 1, sino en una línea que bajaba bastante más abajo de donde está el hito en cuestión.

 

Lo bueno que estos dos argumentos fueron desestimados y con ello, mató la pretensión peruana de su tesis.

 

Ahora con el tema de las 200 millas, no fue concedido porque ningún país pudo demostrar mayor dominio naútico más allá de las 80 millas, algo que los convenciera de ello, por ello que se acordó realizar la división que nos afectó y nos parece curiosa. Claro que trata de ser justa para ambas partes y se basó en la legislación moderna.

 

Sé que ahora a muchos les parecerá un fracaso, pero creo en lo personal, que no lo fue tanto, que a pesar de la pérdida obtuvimos más de lo que esperábamos y ya queda constancia de los límites y da precedente para el próximo juicio con Bolivia. Al menos, ya sabemos que la Corte no tiene facultad de alterar las fronteras terrestres, lo dijo el juez Tomka.

 

 

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